Publicada la Resolución que autoriza medidas excepcionales por daños de conejos en Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla

La Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía ha publicado hoy en BOJA la Resolución por la que se adoptan medidas cinegéticas excepcionales por daños de conejos silvestres en varios términos municipales de las provincias de Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla.

La principal novedad de la Resolución para esta temporada es que se reducen el número de municipios y provincias en las que se declaran daños por conejos, favoreciendo así que se reduzca la presión cinegética en determinadas zonas para favorecer la conservación de la especie y manteniéndolas en aquellas donde los daños a la agricultura son abundantes.

En concreto, la delimitación geográfica de las zonas donde se autorizan estas medidas excepcionales es la siguiente:

Córdoba: Moriles, Puente Genil, Santaella y Villanueva del Duque.

Jaén: Andújar (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Arjona, Arjonilla, Baeza, Begíjar, Canena, Cazalilla, Espelúy, Fuerte del Rey, Higuera de Calatrava, Ibros, Jabalquinto, Jaén, Jimena, Lahiguera, Lopera, Lupión, Mancha Real, Marmolejo (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Martos, Mengíbar, Porcuna, Rus, Sabiote, Santiago de Calatrava, Torreblascopedro, Torredonjimeno, Torreperojil, Úbeda, Villanueva de la Reina (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir) y Villatorres.

Málaga: Alameda, Almogía, Antequera, Archidona, Campillos, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Villanueva de Algaidas, Villanueva de la Concepción y Villanueva de Tapia.

Sevilla: Aguadulce, Alcalá de Guadaira, Arahal, Badolatosa, Cabezas (Las), Cañada del Rosal, Carmona, Casariche, Corrales (Los), Cuervo (El), Dos Hermanas, Écija, Estepa, Fuentes de Andalucía, Gilena, Herrera, Lantejuela, Lebrija, Lora de Estepa, Luisiana (La), Mairena del Alcor, Marchena, Marinaleda, Martín de la Jara, Molares (Los), Morón de la Frontera, Osuna, Palacios y Villafranca (Los), Paradas, Pedrera, Puebla de Cazalla (La), Rinconada (La), Roda de Andalucía (La), Rubio (El), Saucejo (El), Utrera, Villanueva de San Juan y Viso del Alcor (El).

Respecto a los medios de captura autorizados, se mantienen los mismos que en resoluciones anteriores siendo éstos: la captura en vivo con hurones (durante toda la temporada de caza), las armas de fuego (el período hábil se amplia desde el 24 de noviembre hasta el 26 de abril, siendo hábiles los jueves, sábados y domingos), el uso de aves de cetrería (desde el 24 de noviembre hasta el 26 de abril, siendo hábiles los jueves, sábados y domingos).

La Federación Andaluza de Caza recuerda a todos los cazadores y sociedades de caza federadas que ante cualquier duda respecto a la Resolución y su aplicación en sus cotos, deben ponerse en contacto con el Servicio Técnico (gratuito para federados) a través de su Delegación Provincial de la FAC.

A continuación se adjunta la Resolución para su descarga y consulta:

Resolución que autoriza medidas cinegéticas excepcionales por daños de conejo en municipios de Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla.



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