El futuro ROC aportará mayor seguridad jurídica al cazador andaluz

Tal y como se anunció por parte de la Consejería de Medio Ambiente en la Asamblea Informativa que la Federación Andaluza de Caza celebró el sábado y tal y como venía demandando la propia FAC desde hace años, la reforma del Reglamento de Ordenación de la Caza aportará una mayor seguridad jurídica a los cazadores andaluces debido a la ampliación y modificación de las definiciones de las actuales modalidades de caza que se practican en Andalucía, así como a la definición de nuevas modalidades o prácticas habituales entre los cazadores andaluces pero que no tenían cobertura o apoyo jurídico.

El nuevo Reglamento de Ordenación de la Caza definirá, como nuevas modalidades de caza mayor, a la batida de gestión y el aguardo nocturno. De esta forma y aún cuando en algunas provincias se autorizaban estas prácticas, lo eran de manera excepcional y con diferentes condiciones de práctica dependiendo de la provincia en la que se autorizaba. A partir de la entrada en vigor del nuevo ROC, serán modalidades definidas legalmente y que serán autorizadas con carácter general mediante su inclusión en plan técnico de caza.
 
En las modalidades de caza menor, se definen nuevas modalidades como la caza a diente en mano (sin armas de fuego), la caza del zorro con perros de madriguera y la perdiz con reclamo. En el caso de las dos primeras, son modalidades que ya se practicaban por muchos andaluces pero que no estaban recogidas ni definidas legalmente; a partir de la entrada en vigor del ROC, podrán practicarse sin ningún tipo de problema legal y con total normalidad debiendo estar recogidas en el correspondiente plan técnico de caza. Con respectos a estas dos primeras modalidades, la Federación Andaluza de Caza está trabajando en estos momentos en preparar sus propuestas en relación a los que podrán ser en el futuro los períodos hábiles para la práctica de estas modalidades al objeto de que sean incorporadas en la nueva Orden General de Vedas.
 
Un comentario aparte merece la definición de la Perdiz con Reclamo. Para la Federación Andaluza de Caza es una enorme satisfacción que una de las modalidades cinegéticas  más importantes, por fin, resulte definida y conceptuada jurídicamente como modalidad de caza. Hasta la fecha, no había ningún texto legal-cinegético andaluz que la definiera jurídicamente; desde la FAC, debido a la importancia de esta modalidad, se llevaba exigiendo desde hace años su definición y que se le diera institucionalmente la importancia que realmente tiene. Ahora se hace con su incorporación al futuro ROC.
 
En cuanto a las modalidades de caza mayor ya existentes, se modifican, precisan y amplían las definiciones de gancho, batida, en mano y rececho, describiendo sus características básicas y requisitos para su práctica. En este apartado, se quiere destacar por parte de la FAC el caso de la caza mayor en mano que se define con precisión para evitar problemas por su supuesta confusión con la modalidad de gancho que, hasta la fecha había generado mucha controversia y había dado lugar a numerosas denuncias por parte de los agentes de la autoridad.
 
Por su parte, en cuanto a las modalidades de caza menor y con idénticos propósitos a los indicados anteriormente, se redefinen las modalidades de en mano, ojeo y la caza de acuáticas. En relación a esta última modalidad, son novedades muy sustanciales la del aumento de cimbeles por pareja de cazadores, la posibilidad de cazar al salto o en mano de manera limitada (en la actualidad se ha presentado una propuesta alternativa por la FAC) y la posibilidad de emplear aves de cetrería. De igual manera, se protege jurídicamente la modalidad tradicional de “poza” o “aro”, conceptuándola y autorizándola como puesto desdoblado.
 
También la caza con arco se regulariza pudiendo practicarse en cualquiera de las modalidades de caza autorizadas así como para el control de daños y la caza de gestión.
 
Por último, se definen el puesto doble y el puesto desdoblado en el nuevo ROC, de tal forma que será legal que a un mismo puesto fijo, en caza mayor o menor, puedan ir más de dos cazadores con sus respectivas armas pero no haciendo un uso simultáneo de las mismas. Mientras que se prohibirá y tendrán la consideración de puesto desdoblado cuando los cazadores con sus respectivas armas se encuentren separados de la ubicación legal del puesto fijo, a excepción de la modalidad tradicional de “poza” o “aro” en acuáticas.
 
En próximos días, la Federación Andaluza de Caza seguirá informando acerca de las mejoras que incorpora el nuevo Reglamento de Ordenación de la Caza.


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